sábado, 28 de noviembre de 2009

V.3. Hipótesis 3: Derechos humanos poseen otros fundamentos ajenos al derecho natural

V.3. Hipótesis 3: Derechos humanos poseen otros fundamentos ajenos al
derecho natural
El problema del fundamento de un derecho se perfila de modo distinto según que se
trate de buscar el fundamento de un derecho que se tiene o de un derecho que se desearía
tener.
En el primer caso, se buscara en el ordenamiento jurídico positivo, si existe una norma
válida que lo reconozca y cuál es esta. En el segundo caso, buscaremos buenas razones para
su legitimidad y para convencer a la mayor cantidad posible de personas y sobre todo a
quienes tienen el poder directo o indirecto de producir normas válidas en dicho ordenamiento,
sobre la necesidad de reconocerlo.
No cabe duda de que cuando en un encuentro de filósofos, y no de juristas,
examinemos el problema del fundamento de los derechos del Hombre y afrontamos un
problema del segundo tipo; es decir no un problema de Derecho positivo, sino de derecho
racional o crítico.
Si gran parte de los países se han puesto de acuerdo en establecer cuales son los
derechos humanos, buenas razones tendrán, es así que la cuestión principal no seria encontrar
una fundamentación absoluta sino una protección absoluta para garantizar su libre ejercicio.
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Sea cual fuere la concepción que tengamos del Derecho Natural, originado en la razón, dado
por la naturaleza o por revelación divina. Es difícil encontrar otro fundamento para los
Derechos Humanos; se puede decir que los Derechos Naturales son el faro que ilumina la
constante evolución de los Derechos del Hombre y su búsqueda constante de la realización de
los fines propios del ser humano.

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